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21 noviembre, 2024
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La extinción de Notimex

Propone extinguir a la Agencia de Noticias del Estado Mexicano

Ciudad de México, a 17 de octubre de 2023.,- La Agencia de Noticias del Estado Mexicano (Notimex), entró  a su etapa de extinción, tras ser turnada a comisiones junto con otras dos iniciativas.

Las tres iniciativas que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a comisiones con proyecto de decreto remitidas por el Ejecutivo Federal, se refiere sobre la extinción del organismo denominado Notimex, la segunda es sobre duplicar el cómputo de tiempo en operaciones en el Ejército y Fuerza Área Mexicana y en materia de disciplina de discentes.

Extinción de Notimex

La primera, extingue el organismo descentralizado de la administración pública federal, no sectorizado, denominado Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, y se abroga la Ley que Crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano, debido a que dejó de cumplir con los fines para los cuales fue creado el 2 de junio de 2006.

Menciona que durante décadas Notimex coadyuvó a cumplir la obligación del Estado para proporcionar información a la población. Hoy en día, la diversificación de fuentes y medios que proporcionan información en tiempo real y con posibilidades de acceso, casi universal, han evidenciado que se puede prescindir de una agencia estatal de información y que, en consecuencia, ya cumplió con su objeto.

El proceso de liquidación quedaría a cargo del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, que fungirá como liquidador único del Gobierno federal y el proceso deberá llevarse de manera oportuna, eficaz y con apego a las disposiciones jurídicas que lo rigen.

La Secretaría de Gobernación debe establecer las bases para llevar a cabo la liquidación de Notimex, en un plazo no mayor de diez días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del decreto. Además, las secretarías de Gobernación y de Trabajo y Previsión Social deben asignar representantes, para que, de manera colegiada, acuerden sobre las condiciones de liquidación de los trabajadores y vigilen su cumplimiento. Se envió a la Comisión de Gobernación y Población.

Duplicar cómputo de tiempo de servicio

La segunda iniciativa reforma la Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, a fin de incrementar al doble el cómputo de tiempo de servicio que preste el personal militar cuando se encuentre en operaciones, con el propósito de reconocer su esfuerzo por el desempeño de trabajo de alto riesgo o especializado y alentar su permanencia en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Menciona que el personal militar tendrá mayores incentivos para prolongar su permanencia en la Fuerza Armada a que esté adscrito, lo que redundará en una mayor optimización de su experiencia, preparación y especialización, al mismo tiempo que podrá disfrutar de mejorar en su calidad de vida y de su familia al momento de tramitar su retiro.

Esta propuesta representaría un ahorro económico para la Secretaría de la Defensa Nacional, toda vez que resulta más conveniente optimiza los recursos para motivar la permanencia de las y los especialistas que participan en operaciones que forman al personal de nuevo ingreso. Fue turnada a la Comisión de Defensa Nacional.

Disciplina de discentes

La tercera iniciativa remitida a la Comisión de Defensa Nacional, modifica la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en materia de disciplina de discentes.

Se busca procurar, preservar y garantizar el ejercicio de la disciplina en los establecimientos de educación militar, al adicionar en la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos la procedencia de la baja de los discentes del sistema educativo militar, por acuerdo de la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), en caso de observar mala conducta, y armonizar tal supuesto en la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos para que el Consejo de Honor pueda solicitar la baja por ese mismo motivo.

Subraya que la finalidad de la educación militar, conforme al artículo 4 de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (LEMEFAM), es formar personal militar para la práctica, el ejercicio del mando y la realización de actividades de docencia, difusión de la cultura e investigación para dichas instituciones castrenses.

Lo anterior, bajo las premisas de amor a la patria, lealtad institucional, honestidad, conciencia de servicio, superación y responsabilidad, siempre con apego irrestricto a los derechos humanos y al criterio intercultural en educación, enfatiza.

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