CDMX, México a 17 de septiembre de 2024.,- Con la promulgación de la Reforma Judicial, arrancan los procesos para la elección extraordinaria de 2025, de acuerdo al calendario publicado por “Laboratorio Electoral.
Se elegirán:
-9 Ministros
-5 Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial
-2 Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral
-15 Magistrados de Salas Regionales
-820 jueces de distrito y magistrados de circuito
-Además de juzgadores locales en caso de elecciones locales
Fechas clave:
Antes del 23 de septiembre: Sesión del Consejo General del INE para iniciar los trabajos preparativos
Antes del 16 de octubre: Senado emite la convocatoria para integrar listados de candidatos
Antes del 15 de diciembre: El Congreso federal debe aprobar los cambios en leyes secundarias
Antes del 12 de febrero de 2025:
– Integración de Comités de Evaluación en cada Poder
– Evaluar, filtrar y elegir aspirantes
– Elegir candidatos (Presidencia de manera directa, Congreso por mayoría calificada y SCJN por mayoría de 6 votos)
– Una vez aprobadas las listas de candidatos, el Senado las enviará al INE
Antes del 15 de marzo: los congresos estatales deben aprobar cambios a leyes locales para adoptar la Reforma Judicial
Entre el 30 de marzo al 28 de mayo: Periodo de campañas de los candidatos
– No tendrán financiamiento público ni privado
– Sólo recibirán tiempos de radio y televisión para promocionarse
– Podrán participar en foros y debates
– Está prohibido para partidos políticos y funcionarios promover o atacar candidaturas
El 1° de junio: Día de la elección extraordinaria. Recibirás, en teoría, 6 boletas:
1. Ministros de la SCJN
2. Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial
3. Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral
4. Magistrados de Salas Regionales
5. Jueces de distrito y magistrados de circuito
6. Juzgadores locales (en caso de elección local)
Habrá que ver como el INE resolverá el problema de espacio en la boleta para jueces y magistrados de circuito.
Después de la jornada electoral, el INE:
– Hará los cómputos de la elección
– Publicará resultados
– Dará constancias de mayoría
– Declarará válida la elección
Antes del 28 de agosto: Deberán quedar resueltas las impugnaciones
El 1° de septiembre: Los juzgadores electos protestarán su cargo en el Senado
Antes del 15 de septiembre: Juzgadores electos serán adscritos al órgano judicial que corresponda
Datos que se desconocen:
– Número de casillas
– Número de funcionarios necesarios
– Proceso para agilizar el voto
– Mecanismos y sanciones para evitar financiamiento ilegal / intervención de grupo fácticos
– Si candidatos pueden contratar publicidad y/o promoverse en redes sociales con dinero propio
– El costo de la elección