• Por mayoría calificada, la Cámara de Diputados reformó 12 artículos de la Constitución Política
• Faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites
*Ciudad de México, a 20 de septiembre de 2024.,- A pesar de las posturas en contra, ayer la Cámara de Diputados aprobó en lo general con mayoría calificada de 362 votos a favor, 131 en contra y cero abstenciones, el dictamen por el cual se reforman 12 artículos de la Constitución Política, a fin de que la Guardia Nacional pase a formar parte de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Ahora, solo resta que la reforma a estos 12 artículos de la Constitución Política, sean discutidos en lo particular para que se concluya este episodio más del grueso de reformas que se avecinan.
Por lo pronto, el documento aprobado en lo general, establece que la Federación “contará con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar y marino con formación policial, dependiente de la Secretaría del ramo de Defensa Nacional, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia”.
En funciones de la presidencia de la Mesa Directiva, el diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (Morena) indicó que para la discusión en lo particular se presentaron diversas propuestas de modificación a los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 del proyecto de decreto, así como a los transitorios Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo y Octavo.
Previamente, leyó una sinopsis del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales en la LXV Legislatura a una iniciativa que el Ejecutivo Federal presentó el pasado 5 de febrero y de diversas propuestas de diputadas y diputados en la anterior Legislatura.
Gutiérrez Luna dijo que es una propuesta que amplía la jurisdicción de la Guardia Nacional y, a su vez, este cuerpo pase a formar parte de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), con el fin de ejecutar la estrategia de seguridad pública.
Faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites para la participación del Ejército, la Armada de México y Fuerza Aérea en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública.
Además, abundó, para ratificar nombramientos de jefes superiores de la Guardia Nacional que él o la titular del Poder Ejecutivo hagan.
El dictamen señala en los artículos transitorios un plazo de 180 días siguientes a la entrada en vigor del decreto, para que el Congreso de la Unión armonice el marco jurídico en la materia. Mientras tanto, la organización y funcionamiento de la Guardia Nacional continuará operando con apego a las disposiciones legales vigentes antes de la entrada en vigor del presente decreto.
Menciona que el personal militar y naval que integra la Guardia Nacional será reclasificado de la Fuerza Armada a la que pertenezca a dicha Guardia Nacional; la nueva patente o nombramiento se expedirá con la antigüedad que posea el interesado en su grado, conforme a la escala jerárquica del Ejército y Fuerza Aérea, adicionando su nueva especialidad. Deben respetarse en todo momento los derechos que posea el interesado en la Fuerza Armada de su origen.
La persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional, que debe ostentar el grado de general de División de la Guardia Nacional en activo, será designada por la persona titular de la Presidencia de la República, a propuesta de la persona titular de la Sedena.
En tanto no exista personal con formación de Guardia Nacional con la mencionada jerarquía, dicha designación recaerá en un general de División del Ejército, capacitado en materia de seguridad pública.
Además, el Ejecutivo Federal dispondrá lo conducente para que el personal procedente de la extinta Policía Federal cese de prestar sus servicios en la Guardia Nacional y quede adscrito a la Secretaría del ramo de Seguridad Pública, conservando sus derechos laborales adquiridos. El personal que pertenezca a los organismos especializados podrá continuar prestando sus servicios en la Guardia Nacional de manera temporal conforme a los convenios de colaboración que para tal efecto se formalicen entre las secretarías de la Defensa Nacional y de Seguridad y Protección Ciudadana.
Se transferirán a la Sedena los recursos presupuestarios y financieros que correspondan para cubrir las erogaciones por concepto de servicios personales de la última plantilla general de plazas aprobada a la extinta Policía Federal y de confianza, así como los gastos de operación de la Guardia Nacional y los recursos materiales destinados a su operación, con excepción de aquellos requeridos para el personal que continuará bajo la adscripción de la Secretaría del ramo de Seguridad Pública.
Subraya que el personal naval que actualmente forma parte de la Guardia Nacional permanecerá integrado a ésta, conforme a la reclasificación señalada en el Transitorio Tercero del presente decreto.
Desechan mociones suspensivas
En votación económica y, por separado, el Pleno desechó tres mociones suspensivas impulsadas por la diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla (MC) y los diputados Víctor Samuel Palma César (PRI) y Héctor Saúl Téllez Hernández (PAN), para detener el procedimiento de discusión y votación del dictamen.
Indicaron que se viola el procedimiento legislativo sobre la convencionalidad, se podrían incumplir diversos tratados internacionales sobre la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública y pidieron que el dictamen regrese a comisiones dado que la LXVI Legislatura no participó en su elaboración.
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